Real Decreto 716/2011, de 20 de Mayo, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional imagen personal que se incluyen en el repertorio nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1373/2008, de 1 de Agosto, y los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1379/2009, de 28 de Agosto.
Se establecen los siguientes certificados de profesionalidad: Peluquería: Nivel 2; Bronceado, maquillaje y depilación avanzada: Nivel 3; Maquillaje Integral: Nivel 3; Tratamientos capilares estéticos: Nivel 3; Peluquería Técnico-Artística: Nivel 3. Los certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y no constituye una regulación del ejercicio profesional.
Orden EDU/3152/2011, de 11 de Noviembre, por la que se establece el currículo del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar
La presente orden establece el currículo del ciclo formativo para lograr que se adquiera una visión global de los procesos productivos propios del perfil profesional de las Técnicas Superiores de Estética Integral y Bienestar.
Real Decreto 881/2011, de 24 de Junio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Se establece el perfil profesional del título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar, que incluye la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título, de modo que el título incorporará, al menos, una cualificación profesional completa.
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación
Dispone que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.
Real Decreto 295/2004, de 20 de Febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al catálogo modular de formación profesional
Se establece el catálogo de las cualificaciones de acuerdo a lo estipulado en la Ley Orgánica 5/2002.
Anexo 24 del Real Decreto 295/2004_Cualificación Profesional Maquillaje Integral
Se estipulan las competencias y unidades de competencia asociadas a la enseñanza reglada de la Micropigmentación.
Anexo CLXXXII del Real Decreto 295/2004_Cualificación profesional: Bronceado, Maquillaje y Depilación avanzada
Se estipulan los contenidos de la cualificación referida a BRONCEADO, MAQUILLAJE Y DEPILACIÓN AVANZADA y su relación con la Micropigmentación.
Ley Orgánica 5/2002, de 19 de Junio, de las cualificaciones y de la Formación Profesional
Establece que la Administración General del Estado, previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.